El derecho natural es el ordenamiento jurídico
que nace y se funda en la naturaleza humana, no debiendo su origen, por
tanto, a la voluntad normativa de ninguna autoridad, como ocurre con el
derecho positivo. Es un conjunto de preceptos que se imponen al derecho
positivo y que éste debe respetar. El derecho positivo está establecido
y sancionado, para cada tiempo y cada comunidad social, por la voluntad
del legislador, que representa la voluntad social; por lo tanto, se
trata de un derecho variable, contingente, mientras que el derecho
natural es un orden
jurídico objetivo, no procedente de legislador alguno, que se impone a
los hombres por su propia naturaleza; es objetivo e inmutable y conocido
por la razón.
No hay comentarios:
Publicar un comentario